
LA PRESA DE FUNDAO (BRASIL), PARADIGMA DE LA RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
La sentencia de fecha 14/11/2025 del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra, caso nºHT-2022-000304, representa una auténtico paradigma sobre la responsabilidad medioambiental en grupos de empresas.
El colapso de la presa de Fundao (Brasil) el 5/11/2025, se trató del peor desastre medioambiental de Brasil, liberando más de 40 millones de metros cúbicos de residuos de mineral de hierro licuado. El lodo arrasó el pueblo de Bento Rodrigues, fallecieron 19 personas, contaminó el río Doce durante más de 600 kilómetros y alcanzó el Atlántico el 20 de noviembre.
Tras distintos procesos judiciales en Brasil, los perjudicados demandadore en Inglaterra a las matrices de BHP GROUP su responsabilidad por el siniestro.
1.- Los perjudicados son más de 611.000 personas y entidades, todas brasileñas, agrupadas particulares, empresas, instituciones religiosas, municipios, entidades públicas y comunidades indígenas.
2.- Los demandados son BHP GROUP (UK) LIMITED, con cotización en Londres, y BHP GROUP LIMITED, su matriz australiana y propietaria última de BHP Brasil. Estas entidades controlaban SAMARCO MINERAÇAO, joint venture al 50% entre VALE S.A. y BHP BRASIL LTD, operadora de la presa.
3.- El Tribunal concluye que BHP es estrictamente responsable del siniestro, como contaminador de acuerdo con los artículos 3 y 14 de la Ley de responsabilidad medioambiental brasileña. Era la responsable de la actividad de la operadora SAMARCO a través de una cadena de control que se desprende de su estructura de gobierno, que garantizaba que ninguna decisión relevante se tomara sin su acuerdo conjunto. Además, BHP participaba activamente en la estrategia, las inversiones, la producción y la gestión de cumplimiento normativo y del riesgo de SAMARCO, aprobó y financió los proyectos de expansión de la presa, realizó auditorías financieras y técnicas, y tuvo beneficios económicos sustanciales.
4.- El Tribunal también admite la responsabilidad por culpa, según el artículo 186 del Código Civil Brasileño, valorando la conducta desde el comportamiento de un operador medio de una empresa minera y de almacenamiento de relaves. Aunque BHP era accionista de SAMARCO, aquella asumió la responsabilidad de la identificación, evaluación y mitigación de riesgos en SAMARCO.
5.- Por ello, se concluye que BHP sabía, o debería haber sabido, que el drenaje interno de la presa era inadecuado para evitar la saturación de las arenas de relave; que el ancho mínimo de playa de 200 metros se incumplía de forma habitual, permitiendo que los lodos débiles e impermeables se mezclaran con las arenas; que no existía un estudio de licuefacción ni un análisis de estabilidad fiables; y que las graves filtraciones, grietas, y movimientos en el estribo izquierdo indicaban que el talud se había vuelto inestable.