
ITALIAN DESK | EL TRIBUNAL SUPREMO ADMITE RECURSO DE CASACIÓN SOBRE LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIANTES ITALIANOS EN ESPAÑA
Mediante auto de fecha 22 de abril de 2026, el Tribunal Supremo (Sala de lo contencioso-administrativo) ha admitido el recurso de casación al respecto de la situación de estudiantes italianos que cursaron sus estudios en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en el curso académico 2016-2017 y superaron todos los créditos necesarios con el fin de convalidar sus estudios italianos.
El Ministerio de Universidades les negó expedir el título, porque estos estudiantes habían cursado estudios acabados el 30/09/15 (plan pre-bolonia), entendiendo que no podían convalidar sus estudios de Derecho en Italia, ya que se trataba de titulaciones ya extinguidas en el sistema español.
1.- El Tribunal Supremo admite el recurso, al considerar que la doctrina contenida en la sentencia puede ser gravemente dañosa para los intereses generales, dado el efecto multiplicador del criterio contenido en la misma y la posible afectación a todos los estudiantes italianos en la misma situación, siendo patente su posible virtualidad expansiva a un gran número de situaciones.
2.- Además, el Tribunal debe clarificar si la doctrina de la cosa juzgada positiva resulta de aplicación respecto de una persona interesada que no fue llamada, por la Administración, a otro previo procedimiento judicial en el que se basa la sentencia que ahora analiza el Tribunal Supremo.
3.- Las normas que se analizarán tendrán doble vertiente, una procesal en cuanto a los efectos de la cosa juzgada, y otra material, al respecto de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por la que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, los artículos 2 y 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Convenio suscrito entre el Reino de España y la República de Italia, de 14 de julio de 1999, sobre reconocimiento recíproco de los títulos de enseñanza media, superior y universitaria.