
DIRECTIVA (UE) 2026/799, DE ARMONIZACION EN MATERIA DE INSOLVENCIA
Publicada la nueva Directiva 2026/799 de la UE que armoniza los aspectos clave de las normas de insolvencia en toda la Unión.
Se trata de una norma importante para lograr una mayor eficiencia e integración de los mercados europeos de capitales, que son un elemento esencial para la competitividad de la UE.
La normativa pretende que el entorno empresarial de la UE sea más atractivo para los inversores transfronterizos, al reducir la complejidad de las diferentes normas nacionales en materia de insolvencia.
Las nuevas normas, aplicables en toda la UE, maximizarán el valor que los acreedores pueden recuperar de la empresa insolvente y aumentarán la eficiencia de los procedimientos de insolvencia.
Las medidas más importante se refieren a:
1. Las acciones revocatorias, es decir, la impugnación de las transacciones del deudor antes del inicio del procedimiento de quiebra para, así, proteger la masa del concurso contra la retirada ilegítima de activos;
2. El rastreo de los activos, que permite a las autoridades, a petición de los administradores concursales, consultar los registros de cuentas bancarias en toda la UE y buscar activos de empresas insolventes;
3. Los procedimientos de pre-pack, esto es, negociar la venta de una empresa en dificultades financieras antes de incoar el procedimiento formal y ejecutar la venta poco después, manteniendo al mismo tiempo los contratos esenciales para continuar la actividad;
4. Las obligaciones de los administradores, es decir, exigir a los administradores que soliciten la insolvencia en un plazo de tres meses a partir de las dificultades financieras, lo que contribuye a maximizar la recuperación de los acreedores y permite al mismo tiempo flexibilidad si las medidas alternativas protegen a los acreedores por igual;
5. Los comités de los acreedores, con el fin de reforzar la participación de los acreedores individuales en los procedimientos.
6. Transparencia, exigiendo a cada país que publique fichas claras de información sobre su legislación en materia de insolvencia, que estarán disponibles en el Portal Europeo de e-Justicia.
Aunque los Estados miembros dispondrán de dos años y nueve meses para incorporar las disposiciones de la Directiva a su ordenamiento jurídico interno, se trata de una normativa que ya puede comenzar a aplicarse -indirectamente- en cada Estado
Accede al texto de la directiva en el siguiente enlace.